
© Prisoners Advice Service (Wikimedia Commons)
Laurel Townhead
Representante (Human Rights and Refugees) at Quaker United Nations Office
En casi todos los países hay niñas, niños y adolescentes viviendo en prisión con un progenitor, pero las normas sobre cuándo sucede (por ejemplo, limitarlo solo a aquellos NNA que nacen en prisión), hasta qué edad estos NNA pueden permanecer con sus progenitores y las condiciones en las que viven, varían enormemente. Todos los niños, niñas y adolescentes son titulares de derechos, pero no todos son automáticamente considerados como tales en las decisiones que les afectan. Es necesario visibilizar los NNA que viven en prisión con un progenitor y los que son separados de su progenitor por encarcelamiento, y se deben tomar medidas específicas para defender sus derechos.
La inclusión en el Estudio Mundial sobre Niñez Privada de Libertad de un capítulo específico sobre los niños y niñas que viven en prisión con un progenitor es importante por la visibilidad que proporciona y las recomendaciones que hace al respecto.
Desde el día de Discusión General del Comité de los Derechos del Niño de 2011, se ha prestado mayor atención a la forma en que deben aplicarse los estándares internacionales para defender los derechos de estos niños y niñas.1 A través de este debate, el Comité trató de aprender más sobre las repercusiones que el encarcelamiento de los progenitores tiene en los niños y niñas y sobre las estrategias para defender sus derechos. Los avances más recientes, en particular el Estudio Mundial, se basan en este Día de Discusión General y proporcionan un nuevo impulso para el cambio tendiente a mitigar y limitar las violaciones de los derechos a los que se enfrentan estos niños y niñas.
Los debates y avances han abarcado tanto el trato a los niños, niñas y adolescentes mientras están privados de libertad con sus progenitores, como los pasos que se deberían tomar para evitar que los NNA se encuentren en esta situación. Una solución aparentemente simple sería prohibir que los NNA vivan con un progenitor en prisión. Sin embargo, separarlos del progenitor debido a su encarcelamiento tiene importantes repercusiones a corto y largo plazo en los niños, niñas y adolescentes, y estas repercusiones no se limitan a su separación cuando son bebés o en sus primeros años de vida.2
Una recomendación clara del Comité fue:
Al dictar sentencias a los progenitores y cuidadores primarios, siempre que sea posible, deben dictarse sentencias que no sean privativas de la libertad, incluso en la fase previa al juicio y durante el juicio. Deben existir alternativas a la detención y deben aplicarse de acuerdo a cada caso, tomando en consideración las posibles repercusiones de las distintas sentencias en el interés superior de los niños afectados.4
El Estudio Mundial se basa en lo siguiente:
Se alienta a los gobiernos a reconocer tanto la repercusión perjudicial de la separación de la familia debido al encarcelamiento de un progenitor como la repercusión perjudicial de la privación de libertad con un progenitor. Se deben tomar todas las medidas posibles a fin de reducir el número de niñas y niños privados de libertad con un progenitor en el sistema de justicia penal sin aumentar la separación del niño o niña de un progenitor debido a su encarcelamiento. Se debería aplicar una presunción contra una medida o sentencia privativa de la libertad para los cuidadores principales.
Ambas recomendaciones incluyen la necesidad que tienen los Estados, a través de las autoridades encargadas de dictar sentencias, de tener en cuenta las repercusiones que tienen sobre los niños y niñas la condena de sus progenitores. Lo fundamental de estas recomendaciones es la primacía de defender la dignidad inherente y el interés superior del Niño en sus circunstancias específicas. El Día de Discusión General contempló una recomendación de la edad máxima para niños y niñas que vivan en prisión con un progenitor. Esto se consideró dado el rango de edades (desde aproximadamente seis meses hasta alrededor de seis años o más) y el reconocimiento de los posibles riesgos y las repercusiones en el bienestar y el desarrollo de los niños y niñas que viven en prisión. Sin embargo, luego de reflexionar y haber escuchado a los participantes, incluidos niños y niñas en prisión con un progenitor, el Comité no decidió a favor de una recomendación uniforme sobre la edad. En cambio, enfatizó la necesidad de realizar evaluaciones individualizadas.
Este énfasis en la inclusión de evaluaciones individualizadas en el interés superior del Niño en la decisión de dictar sentencia también figura en la primera Observación general del Comité Africano de Expertos sobre los Derechos y el Bienestar del Niño.5 Esta estipula una lista de cinco puntos que las autoridades encargadas de dictar sentencias deben considerar.
A pesar de estas recomendaciones, estamos lejos de utilizar determinaciones relativas al interés superior del Niño cuando un progenitor es sentenciado y los/as menores continúan privados/as de libertad viviendo con sus padres en prisión. Las principales preocupaciones por defender los derechos de estos niños, niñas y adolescentes incluyen:
- Seguridad
- Salud
- Educación y desarrollo
- Contacto con los miembros de la familia fuera de prisión
- Preparación para la excarcelación
Las recomendaciones del Estudio Mundial y del Comité han tratado de abordar también esas cuestiones.6
Este septiembre se cumplen diez años del Día de Discusión General. En esta década, hubo avances en el aumento de los conocimientos, el crecimiento y el establecimiento de redes y el desarrollo de normas. El Estudio Mundial ha contribuido en cada uno de estos aspectos. Sin embargo, sigue pendiente la necesidad de una mayor orientación para mitigar las repercusiones de la privación de libertad con un progenitor y también para impedirla, manteniendo el interés superior del Niño.
La inclusión de evaluaciones en el interés superior del Niño en la decisión de dictar sentencia no es una tarea menor, requiere conocimiento y capacidades que tal vez aún no tengan quienes dictan sentencias. Garantizar una nutrición adecuada, el apoyo al desarrollo y la atención médica pediátrica en las prisiones para adultos tampoco es una tarea menor; requiere de la opinión de los especialistas pertinentes. Preparar a los niños y niñas para su excarcelación, especialmente si sus progenitores no son excarcelados al mismo tiempo, no es una tarea fácil; requiere la coordinación entre las distintas autoridades, incluidas las de bienestar infantil, así como las responsables de gestión penitenciaria y la planificación de la excarcelación.

El Estudio Mundial ha sido importante para proporcionar más información de perfil y recomendaciones sobre la situación de los niños, niñas y adolescentes privados de su libertad con un progenitor en prisión y esperamos que los mecanismos de seguimiento sigan incluyendo a este grupo particular de NNA. También creemos que existe la necesidad de contar con orientación detallada y asistencia técnica para que los gobiernos les apoyen en la defensa de los derechos de estos NNA. Nos complace ver el interés de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD) en este tema y alentamos a los Estados a apoyar su proyecto de elaboración de una guía global sobre niños, niñas y adolescentes en prisión con sus progenitores.
A lo largo de nuestro trabajo en este tema, el rol de la asociación y la participación ha sido claro y confiamos en que los próximos pasos con el Estudio Mundial servirán para fomentar que los Estados, la ONU, el Comité sobre los Derechos del Niño y la Representante Especial del Secretario General sobre la violencia contra la niñez se unan a los NNA en prisión que viven con un progenitor para garantizar que se defiendan sus derechos.
[1] https://www.ohchr.org/EN/HRBodies/CRC/Pages/Discussion2011.aspx
[2] Véase, por ejemplo: Jones, Adele, Gallagher, Bernard, Manby, Martin, Robertson, Oliver, Schützwohl, Matthias, Berman, Anne H., Hirschfield, Alexander, Ayre, Liz, Urban, Mirjam, Sharratt, Kathryn y Christmann, Kris (2013) Children of Prisoners: Interventions and mitigations to strengthen mental health. University of Huddersfield
[3] https://www.ohchr.org/EN/HRBodies/CRC/Pages/Discussion2011.aspx
[4] Manfred Nowak, Estudio mundial de las Naciones Unidas sobre los niños privados de libertad, capítulo 10, sección 5, párrafo. 6.
[5] Comité Africano de Expertos sobre los Derechos y el Bienestar del Niño, Observación General No.1 sobre el artículo 30 de la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño: Children of incarcerated and imprisoned parents and primary care givers (2013)
[6] Véase Lucy Halton y Laurel Townhead (2020), Children of Incarcerated Parents: International Standards and Guidelines (Oficina Cuáquera de las Naciones Unidas, Ginebra).