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fuente: kurier.at |
Con demasiada frecuencia, el Comité de los Derechos del Niño ha tenido que hacer frente al problema de niñas y niños privados de su libertad en muchos Estados Miembros.
Con demasiada frecuencia, la respuesta de los Estados Miembros a las preguntas del Comité parece indicar que la privación de la libertad es el último recurso porque no hay «otros recursos» a los que acudir.
Con demasiada frecuencia, los datos revelan que hay niñas y niños inocentes en instituciones cerradas por razones equivocadas y durante demasiado tiempo.
Con demasiada frecuencia, el Comité recomienda a los Estados Miembros que usen alternativas a la privación de libertad en lugar de estropear la vida de los niños para siempre.
Con demasiada frecuencia, un establecimiento cerrado se usa para otros fines distintos a la justicia penal, como la prisión administrativa para la búsqueda de asilo o niños migrantes, instituciones médicas cerradas sin control regular independiente para niños con discapacidad mental, hogares «educativos» cerrados para niños problemáticos…Con demasiada frecuencia, pueden encontrarse ejemplos como los siguientes:
– María tenía 12 años cuando robó un lápiz de labios y golosinas en una tienda. Acabó en una institución cerrada para niños con dificultades.
– Pieter tenía 9 años cuando los rebeldes llegaron y lo obligaron a punta de pistola a cortarle las manos a la hija del vecino. Se convirtió en niño soldado y fue llevado a prisión tras ser capturado con 14 años de edad.
– Marja tenía 6 años cuando se la prometió en matrimonio a un hombre de 65 años, y 12 cuando su padre la violó. Se quedó embarazada y se sentenció que fuera apedreada hasta la muerte por adulterio. Murió a los 14 años.
– Pierre tenía 8 años cuando robó tres tomates en el mercado y fue puesto en prisión junto a un adulto durante siete meses durante los que tuvo que venderse sexualmente para poder comer.
– Mary tenía 13 años cuando la señora de la casa en la que trabaja la acusó de haber robado un anillo de oro. Fue puesta en prisión preventiva durante casi un año sin haber visto a un abogado o a un juez. Aunque al final se encontró el anillo en la casa de la señora (lo tenía su hijo), Mary nunca obtuvo ningún tipo de compensación, ni siquiera una excusa, por haber sido encarcelada.
– Pjotr tenía 14 años cuando sus padres lo utilizaron para pelearse entre ellos durante un duro divorcio. No se tuvieron en cuenta sus deseos y se suicidó tras haber sido enviado a una institución cerrada por haber intentado huir varias veces.
– Maia tenía 15 años cuando la policía la encontró traficando y trabajando en un prostíbulo. Se le negó protección porque no se atrevió a testificar ante el tribunal contra un traficante internacional. En primavera, cuando se derritió el hielo de las montañas, se encontró su cuerpo. Entonces la policía declaró que nada de esto habría ocurrido si hubieran permitido que estuviera bajo custodia policial por inmigración ilegal hasta que hubiese sido repatriada.
– Marie y Peter tenían 2 y 4 años respectivamente cuando entraron en la cárcel con su madre, sentenciada a 15 años de prisión, por vender drogas para su esposo, que estaba en prisión, con el fin de poder pagarse una casa para ella y sus hijos. Tenían 4 y 6 años cuando abandonaron la cárcel sin ningún conocimiento del mundo exterior y sin nadie que pudiera guiarlos.
¿Quién va a impedir que el guarda de una prisión obligue a los niños a venderse sexualmente a cambio de comida?
¿Quién va a impedir que el director de una prisión que decide en dónde (instituciones cerradas «buenas» o «malas») debe estar una niña, le pida favores sexuales?
¿Quién va a evitar que los niños estén junto a los adultos en celdas abarrotadas sin ninguna protección contra la violencia del comportamiento de los adultos de la celda?
¿Quién va a evitar que los educadores pidan dinero a los niños para permitir visitas de la familia?
¿Quién va a impedir que el personal de las cárceles de menores y la policía se peleen por los niños «rebeldes»? ¿O que los manden a robar o vagar por las calles?
¿Quién controlará si los niños privados de su libertad no se ven también privados de educación, servicios de salud, formación vocacional, información y capacidades sociales?Poner a los niños en instituciones cerradas por crímenes leves porque no hay alternativas disponibles; castigarlos y luego privarlos de su futuro porque, siendo difamados, nunca encontrarán un trabajo con el que ganarse la vida; negarles protección incluso cuando los niños son víctimas y testigos de un crimen porque no existen herramientas jurídicas no es (y no debería ser) una opción para un Estado Miembro que haya ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (CDN).
Ahora hace 25 años que se aceptó la CDN en todo el mundo. Existe una extensa literatura de documentos importantes similares que desarrollan métodos para proteger a los niños no solo en asuntos de derecho penal como autores, sino también en derecho civil y administrativo como parte con derechos propios.
No se trata de la falta de documentos, tratados o convenciones; se trata de las prácticas de todas las directrices disponibles en las que nos centramos ahora. Tenemos que:
– cambiar las actitudes de la justicia restaurativa juvenil que permita la reparación y la reintegración en lugar de poner a los niños entre rejas;
– optar por instituciones acogedoras para los niños, cerradas, semiabiertas y abiertas, que se adapten a la reconciliación de los niños con la sociedad, en lugar de mantenerlos apartados de ella.
Por supuesto, no necesitamos hacer todo esto; podemos seguir enviando a los niños a la prisión porque roban, se fugan, se portan mal, cometen crímenes, sin ni siquiera preocuparnos de las razones por las que lo han hecho, sin ni siquiera intentar ayudarles a resolver sus problemas.
Sin embargo, no es una solución barata: los gastos para un delincuente reincidente adulto son mucho más elevados que dar apoyo social a un niño con problemas, y a veces económico.